Por mandato de la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 29 de octubre de 2020 en su art. 28 mientras el municipio de Córdoba esté en el nivel de alerta 4 la ocupación de los mercadillos al aire libre no podrá superar el 50% del aforo autorizado. Con carácter general, en los mercadillos al aire libre se cumplirán los requisitos de distanciamiento obligatorio entre puestos, con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes

DECRETO ALCALDÍA
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